Chile: Justicia anula derechos de agua otorgados a Endesa para proyecto hidroeléctrico Neltume


Panguipulli: El tribunal declaró la “nulidad de derecho público” de la resolución de la Direccción General de Aguas (DGA) que otorgó derechos a Endesa para utilizar las aguas del lago Pirihueico, indicando que el procedimiento por el cual se entregaron los derechos de aprovechamiento a Endesa está viciado.

El fallo del 24 Juzgado Civil de Santiago se produce después de que a finales de Septiembre se acogiera el recurso interpuesto por los opositores al proyecto hidroeléctrico Neltume, propiedad de Endesa.
Así, el juzgado dictaminó la anulación de los derechos de agua concedidos a la empresa para el desarrollo de la central, uno de los principales proyectos que tiene entre las manos, en conjunto con Punta Alcalde, cuya RCA fue aprobada ayer por el Comité de Minstros, mala noticia para los defensores de la salud ambiental del Valle del Huasco.
En esta ocasión, el tribunal  declaró la “nulidad de derecho público” de la resolución N° 134 de 2000 de la DGA, que otorgó derechos a Endesa para utilizar las aguas del lago Pirihueico, por violar los artículos 6 y 7 de la Constitución, indicando que el procedimiento por el cual se entregaron los derechos de aprovechamiento a Endesa está viciado.
Endesa Chile informó, por su parte,  que había recurrido al fallo en la Corte de Apelaciones de Santiago y sostuvo que los derechos de agua para el proyecto se encuentran “inscritos y vigentes”.
Buena noticia para las comunidades mapuche Lago Netulme
Neltume -con 490 MW y una inversión estimada de US$ 781 millones, el mayor desarrollo hidroeléctrico de la generadora después de Ralco- fue desde su incio blanco de críticas de parte de las comunidades mapuche de la zona,ya que su instalación autorizaría la utilización de las aguas del río Fuy para desembocar en una central de pasada en el lago Neltume, complejo de ceremonias mapuche -donde las comunidades por siglos han realizado sus rogativas- y que quedaría inundado, al igual que los cementerios aledaños.
Cabe señalar que el pasado mes de Septiembre la Corte Suprema ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones y rechazó la solicitud de comunidades mapuches que pedían implementar orden de no innovar en contra del proceso de consulta indígena realizado por el Servicio de Evaluación Ambiental Los Ríos, por considerar que no habrían sido respetadas las diligencias estipuladas en el Convenio 169 de la OIT.
Fuente: El Ciudadano

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